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Controlando al incontrolable. Ensayos militares en Corea del Norte Controlando al incontrolable. Ensayos militares en Corea del Norte

La férrea determinación para desarrollar su capacidad armamentista le ha generado una nueva ronda de sanciones a Corea del Norte después del lanzamiento de un cohete de largo alcance que terminara por desintegrarse en el aire el 13 de abril. “El lanzamiento es una violación directa a las sanciones del Consejo de Seguridad y amenaza la estabilidad de la región”, declararía días después el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon. Se especula, inevitablemente, que dentro de los próximos meses el país asiático desafiará nuevamente a la comunidad internacional con una prueba nuclear en su territorio, como lo hiciera hace unos años. Pero, ¿qué tan jurídicamente constreñido está un país como Corea del Norte para llevar a cabo un ensayo nuclear, inclusive dentro de su territorio?

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¿Procederá la demanda contra el presidente Calderón ante la Corte Penal Internacional?
1 noviembre 2011
Sección: Debate
¿Procederá la demanda contra el presidente Calderón ante la Corte Penal Internacional?

Ignacio Francisco Herrerías Cuevas

Independientemente de las críticas que se puedan hacer por la falta de experiencia y capacidad del Ejecutivo federal para atacar el problema de fondo del narcotráfico, y por la incursión del ejército en actividades de competencia civil, el artículo 89, fracción VI, de la Constitución prescribe claramente que una de sus obligaciones es preservar la seguridad nacional en el interior y el exterior del país, obligación que Norberto Bobbio define de la siguiente manera: “El fin del Estado sólo es la ʻseguridadʼ entendida como la ʻcertezaʼ de la libertad en el ámbito de la ley”. En este sentido, sería irracional pensar que el combate iniciado en contra de la delincuencia no tenga por objeto el bienestar de la comunidad y, por el contrario, que las acciones tomadas pretendan la muerte de miles de personas y la vulneración de derechos fundamentales. Así pues, será difícil que la demanda ante la Corte Penal Internacional prospere en el sentido de atribuir genocidio, crímenes de guerra o lesa humanidad directamente al presidente Calderón.

Víctor Emilio Corzo Aceves

No creo que proceda, primero, porque es una distorsión de la realidad, ya que a quien se debería denunciar es a los narcotraficantes. Segundo, jurídicamente es inadmisible, con base en el principio de complementariedad codificado en el Estatuto de Roma, ya que el Estado mexicano ha investigado o puede investigar las conductas delictivas conexas a los hechos que se denuncian. Tercero, porque no existe fundamento razonable para considerar que se ha cometido un crimen de la competencia de la Corte por parte del Estado mexicano. Y cuarto, porque una investigación de ese tipo no sería en “el interés de la justicia”, ya que generaría más problemas que beneficios en México: mermaría los esfuerzos del combate al narcotráfico y permitiría que la delincuencia recuperara terrenos perdidos.

Ernesto Eduardo Corzo Aceves

En mi opinión no procederá. Es importante señalar que este tipo de denuncias en contra de presidentes, muchas veces sin fundamento y muy comunes ante tribunales internacionales, casi nunca son procedentes y quienes las presentan solamente lo hacen para ejercer presión en el seno del Estado para promover sus intereses como organización. En este caso hay que advertir que la denuncia será aceptada por la Corte —ya que jurídicamente está obligada a hacerlo—, sin embargo quedará archivada en la etapa de análisis que realiza el fiscal. Lo anterior en razón de que no tiene posibilidad alguna de proceder por una multiplicidad de razones jurídicas, siendo la más importante que no hay ni un solo país en el mundo u organización internacional que no aplauda o exprese su apoyo a las acciones del presidente Felipe Calderón en su lucha en contra del narcotráfico.

Alberto E. Nava Garcés

Más que una demanda, se trata de una relatoría de hechos a investigar, una serie de conclusiones para incorporarse a un posible juicio. ¿Qué tanto puede pesar esto en la fiscalía de la Corte Penal Internacional? Me sorprende que, a pesar de pretender ser concluyentes, los “expertos” que han impulsado este documento no atinen a señalar cuál hipótesis normativa es la que ha actualizado el presidente en funciones. Asimismo, resulta grave que soslayen a las instancias previas antes de ocurrir a la Corte Penal Internacional. Un documento en este sentido no tiene viabilidad.

Javier Dondé Matute

Uno de los problemas de la petición es que no describe una situación, sino que realiza imputaciones directas a personas determinadas, sin una investigación criminal. El problema con esto es que dicha determinación es facultad del fiscal de la Corte Penal Internacional, y además prejuzga en el resultado de la investigación. Es extremadamente prematuro mencionar responsables, crímenes cometidos y formas de autoría y participación.

Carlos Castresana

No veo cómo. Los términos legales deben interpretarse con rigor. No se da la primera condición de los tipos penales de crímenes de guerra, que es la existencia de un conflicto armado conforme lo definen las Convenciones de Ginebra y sus Protocolos Adicionales. Tampoco puede hablarse de crímenes contra la humanidad, pues no veo que haya un ataque generalizado o sistemático contra la población civil, como exige el Estatuto de Roma. Finalmente, tampoco se dan los requisitos del tipo de genocidio, pues no concurre el propósito de destruir a un grupo nacional, étnico, racial o religioso.


9 Comentarios en “¿Procederá la demanda contra el presidente Calderón ante la Corte Penal Internacional?”
  1. Taviras Dijo:

    A ver:
    Dicen que no se actualiza el tipo penal de crímenes de guerra.
    Si se atiende a la naturaleza que ha tomado el conflicto armado contra los narcotraficantes, estamos ante una guerra, además de que así lo calificó el propio Calderón.
    Tipo penal de crímenes contra la humanidad. Dicen que no se actualiza porque no hay “un ataque generalizado o sistemático contra la población civil”. La gran cantidad de muertos en retenes militares lo desmiente, además de que muchas otras muertes de civiles inocentes fueron provocadas o no fueron evitadas gracias a la inacción del gobierno federal.
    Dicen que los demandantes no atinaron a señalar cuál hipótesis normativa es la que ha actualizado el presidente en funciones. Pues claro!! Porque los delitos antes mencionados no están siquiera previstos en el Código Penal!! Por esa precisa razón es competente la Corte Penal Internacional!!
    Independientemente de que la Constitución señale que es obligación del ejecutivo mantener el orden al interior del país, tampoco podemos colegir de ello que toda acción del gobierno federal está intrínsecamente encaminada hacia ese objetivo. Tan es así que recientemente se publicó que la autoridad que más viola los derechos humanos en México es el Ejército.

  2. Oscar Hdez. Dijo:

    Comparto la idea de Carlos Castresana, no procederá esa demanda.

  3. carlos Dijo:

    Taviras entiendo tu coraje soy de mty y a diario vivo las consecuencias de esta guerra. Pero una demanda de esta naturaleza no es mas que presion politica. No se configura ninguno de los delitos, aparte, no creo que quieras comparar a nuestro presidente con gadafi o hitler, o que quieras que el estado mexicano tenga la imagen de uganda o yugoslavia. Esta demanda me indigna por el hecho de que se equipara a mexico con paises donde la violencia y la crueldad imperan. No procede, es un hecho, no por la imagen ni por asuntos politicos, si no porque no hay bases juridicas.

  4. Héctor González Dijo:

    Su comentario es parcialmente fundado, aunado a que la “politica de seguridad”, implementa por el presidente Felipe Calderon,no ha sido lo suficientemente eficaz, para proteger a la población civil de las arcas del narcotrafico y de las consecuencias de muertes inocentes, esto en esencia es lo que tendria que reclamarsele la mala implementación de la politica y la ineptitud de algunos funcionarios.
    Pero este punto primogenio deviene de cuestiones partidistas, en donde el viejo régimen, en aras de una accion impetuosa, ejerciendo su defensa, ante los comentarios del presidente Felipe Calderon en E.U; y en un desconocimiento pleno de las leyes domesticas y tratados internacionales, intentan fincarle responsabilidad por combatir a la delincuencia, eso os haría pensar por parte del viejo régimen acaso estan defendiendo lo que hoy día el Estado ha combatido.

  5. Kobe Santana Dijo:

    Maestro Castresana, la jurisprudencia del Tribunal Penal para la ex Yugoslavia ha extendido la definición de conflicto armado interno y bajo esa premisa, la “guerra” contra el narcotráfico podría ser catalogada como un conflicto armado interno.
    En la demanda, hasta donde sé, no se alega genocidio.
    Por lo que vemos en los medios no hay crímenes de lesa humanidad, pero eso es sólo lo que vemos en los medios.

  6. EDGAR TORRES Dijo:

    Efectivamente la DEMANDA A LA CORTE PENAL NO PROCEDE, porque solo ES UN INFORME DE VIOLACIONES e IMPUNIDAD CON LA que se conducen los CUERPOS POLICIACOS, MILITARES Y los ALTOS MANDOS QUE supuestamente LUCHAN EN CONTRA DE LA delincuencia ORGANIZADA, documentada en INFORMES DE LAS DEPENDENCIAS FEDERALES, Y LA CNDH.

    Peero sera UNA LLAMADA DE ATENCION PARA EL GOBIERNO FEDERAL, POR PERMITIR TANTA IMPUNIDAD, tanto de los delincuentes COMO DE LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE PERSEGUIRLOS, cuanntos PERSONAS INOCENTES HAN muerto por el solo hecho de ESTAR EN EL LUGAR EQUIVOCADO, donde se realizaba UN OPERATIVO o EN medio de UNA BALACERA entre los DELINCUENTES y LAS fuerzas federales, QUIEN SE ENCARGARA DE LA REPARACION DEL DAÑO CAUSADO A LAS VICTIMAS Y A SUS FAMILIARES.

    De las personas QUE HAN FALLECIDO en la LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO, a cauntas de ELLAS UN JUEZ EN MATERIA PENAL LOS SENTENCIO POR ALGUN DELITO QUE SUPUESTAMENTE COMETIERON, NI SIQUIERA LES HAN ABIERTO UNA AVERIGUACION PREVIA o CARPETA DE INVESTIGACION.

    El problerma de MEXICO, ES LA CORRUPCION, LA IMPUNIDAD y la INMUNDICIA, promovida y salapada POR TODAS LAS AUTORIDADES ENCARGADAS DE PERSEGUIR LOS DELITOS.

  7. sergio altamirano Dijo:

    yo llamaria la atencion a los criterios que ha mostrado la corte penal internacional, cuando se le han planteado casos mas concretos como el aactual donde se demanda al presidente calderon, y cito a la demanda contra George bush que no solo no prospero sino que se dictamino en su analisis por parte del fiscal que no era admisible y muchos casos mas, y no eds que se la proteccion a un jefe de estado, sino que no se presentan tan siquiera indicios sino solo se mencionan situaciones, hechos no probados y actos no comprobados, por lo que a mi juicio es claro que la demanda que comentamos no prosperara ( a mi pobre juicio ). y si esro pasara la corte sentaria un precedente historico que representaria un viraje en su criterio e 180 grados.

  8. felipe Dijo:

    si procede la demanda, y en el peor de los casos, ya fue exhibido fecal, tanto que lo obligo a “justificarse” de su pobre quehacer

  9. Víctor Dijo:

    No procede, tan sencillo como eso, al crimen organizado no se le combate con petalos de rosa ni, se le da admistio como lo mencionó el loco del expresidente Fox, que quedó claro que durante su gobierno le dió puertas abiertas para operar. Al crimen organizado se le debe combatir con la fuerza de todo un estado, por simple lógica, claro está, se debe planear muy bien y con inteligencia y, sobre todo esta lucha se debe hacer con toda la sociedad, incluyendo la menquindad de los partidos “políticos”. Es por eso que no pasa en la corte penal internacional.





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