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Controlando al incontrolable. Ensayos militares en Corea del Norte Controlando al incontrolable. Ensayos militares en Corea del Norte

La férrea determinación para desarrollar su capacidad armamentista le ha generado una nueva ronda de sanciones a Corea del Norte después del lanzamiento de un cohete de largo alcance que terminara por desintegrarse en el aire el 13 de abril. “El lanzamiento es una violación directa a las sanciones del Consejo de Seguridad y amenaza la estabilidad de la región”, declararía días después el secretario general de las Naciones Unidas, Ban Ki-moon. Se especula, inevitablemente, que dentro de los próximos meses el país asiático desafiará nuevamente a la comunidad internacional con una prueba nuclear en su territorio, como lo hiciera hace unos años. Pero, ¿qué tan jurídicamente constreñido está un país como Corea del Norte para llevar a cabo un ensayo nuclear, inclusive dentro de su territorio?

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Reformas constitucionales: derechos humanos y juicio de amparo
1 agosto 2011
Sección: Portafolio
Reformas constitucionales: derechos humanos y juicio de amparo

Las reformas constitucionales en materia de derechos humanos y juicio de amparo representan transformaciones de gran relevancia en nuestro sistema jurídico, y son herramientas imprescindibles para un mejor acceso a la justicia. En virtud de estas reformas, el Ilustre y Nacional Colegio de Abogados de México (INCAM), el Instituto Interamericano de Fronteras y Aduanas (IIFA) y el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM (IIJ) organizaron el seminario “Dos reformas constitucionales: derechos humanos y juicio de amparo. Evaluación y perspectivas”, que se llevó a cabo en la Cámara Nacional de Comercio el 5 de julio pasado.

Óscar Cruz Barney, presidente del INCAM, presentó el evento, agradeciendo a los invitados y a los participantes su colaboración, y mencionó que estas dos reformas habrán de cambiar la forma de entender y defender los derechos humanos: “Se cambia el término garantías individuales por derechos humanos y así el siguiente paso será hablar de derechos fundamentales”. También comentó brevemente que uno de los temas importantes a tratar en el seminario era el de derechos fundamentales no contenidos en tratados internacionales que versan sobre derechos humanos y su incorporación en los órdenes jurídicos nacionales. Por su parte, Andrés Rohde Ponce, presidente del IIFA, declaró que para este instituto es “muy importante difundir este tema porque aún opera la arbitrariedad y todos podemos estar expuestos a abusos de la autoridad”.

El seminario contó con la participación de importantes personalidades en el ámbito del Derecho: Miguel Carbonell, investigador del IIJ, presentó la conferencia “La reforma constitucional en materia de derechos humanos”; Samuel Ramírez Moreno Aguirre, ex presidente de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal, intervino con la conferencia “La declaratoria de inconstitucionalidad de leyes en la reforma constitucional en materia de amparo”; Ricardo Sepúlveda Iguiniz, miembro del Consejo Consultivo de la CNDH, habló de “La aplicación de los tratados internacionales en materia de derechos humanos y la Constitución”; José Manuel Torreblanca, catedrático de Derecho de amparo en la Universidad Panamericana, presentó el tema “Proyección procesal de la reforma en materia de amparo”; Rafael Estrada Michel, miembro del Consejo Consultivo de la CNDH, expuso “Las nuevas atribuciones de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”; Rafael Ramírez Moreno Santamarina, miembro de la Comisión de Derecho Fiscal y Financiero del INCAM, ofreció la conferencia “Implicaciones de la reforma en materia tributaria”, y Osmar Cruz Quiroz, magistrado del Noveno Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, concluyó con “La reforma constitucional en materia de amparo”.


2 Comentarios en “Reformas constitucionales: derechos humanos y juicio de amparo”
  1. antonio Dijo:

    hola, me gustaria que hablaran sobre el amparo adhesivo, de como podria mejorar el amparo para efectos en materia de amparo indirecto, cosa que no se abordo en la reciente reforma que hubo…

  2. JORGE ZOROLA VILLARREAL Dijo:

    MUY BUENAS NOCHES, SALUDOS A TODOS:-

    MI COMENTARIO ES EL SIGUIENTE:- DESDE ANTES DE LA REFORMA NUESTRA CONSTITUCION YA PROTEGIA LOS TRATADOS (DE DERECHOS HUMANOS O NO), DE ACUERDO AL ARTICULO 133 DE LA CONSTITUCION, POR LO QUE PODIA ALEGARSE QUE SE RESPETASEN DICHOS TRATADOS, A TRAVES DE UN AMPARO, (O SEA EL JUEZ ESTUDIABA LA VIOLACION DE LOS MISMOS A PETICION DE PARTE.).

    CON LA REFORMA, DE ACUERDO AL ART 1 CONSTITUCIONAL “TODAS LAS AUTORIDADES (SE INCLUYEN LAS DE AMPARO), TIENEN OBLIGACION A CUIDAR Y PROTEGER LOS DERECHOS HUMANOS PREVISTOS EN LOS TRATADOS, LO QUE SIGNIFICA QUE, AL SER DE OFICIO DICHO OBLIGACION PARA LOS JUECES DE AMPARO, EN LOS NUEVOS JUICIOS DE GARANTIAS, ALEGUEN O NO LOS QUEJOSOS LA VIOLACION A DICHOS TRATADOS DE DERECHOS HUMANOS , LOS JUECES DE AMPARO DE OFICIO DEBEN VIGILAR QUE NO SE VIOLEN DICHOS DERECHOS HUMANOS, SUPLIENDO LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA.

    DERECHOS HUMANOS, GARANTIAS INDIVIDUALES Y DERECHOS FUNDAMENTALES, SON ESENCIALMENTE LO MISMO, YA APLICANDOLO A LA PRACTICA DEL JUICIO DE AMPARO.

    EN LA CONSTITUCION SE INCLUYE LA PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS OMISIVOS, PERO, EN LA PRACTICA ES ALGO QUE YA OPERA DESDE HACE YA MUCHO TIEMPO , ESTA PREVISTO EN LA JURISPRUDENCIA DE LA SCJN, CUYO PRIMER PRECEDENTE DATA DEL AÑO 1920, (TESIS JURISPRUDENCIAL CON NUMERO DE REGISTRO 393976.

    ESOS SON LOS BREVES COMENTARIOS, UN CORDIAL SALUDO A TODOS LOS COLEGAS.

    LIC. JORGE ZOROLA VILLARREAL.
    EX SECRETARIO DE AMPARO DE JUZGADO DE DISTRITO
    email jzorolaa@hotmail.com





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