La prueba electrónica en materia penal

hace 15 años

La prueba electrónica en materia penal

Este texto forma parte del archivo histórico de El Mundo del Abogado. Se publicó originalmente el 1 de octubre de 2011.

Alberto Nava Garcés
Porrúa, México, 2011

En el mundo académico mexicano, principalmente el que comprende a las distintas ciencias sociales, es regla incuestionable la de sentir desprecio por cualquier información proveniente de Wikipedia, la enciclopedia virtual más consultada en internet. Sin embargo, pocos saben que una definición contenida en ella, sobre el significado de una palabra que hacía referencia a un lugar determinado de la antigua Yugoslavia, fue aceptada en juicio, precisamente, por el Tribunal Internacional para la ex Yugoslavia.

Esto último viene a colación ya que actualmente vivimos y nos desarrollamos en un mundo en el que la tecnología computacional también se utiliza para detectar y ubicar posibles víctimas; para sustraer datos personales y cuentas bancarias de un ciudadano (phishing); para destruir evidencia por parte de un tercero, o simplemente para acosar a una persona (ciber-acoso).

La respuesta del Derecho nacional ha sido, como siempre sucede en estos casos, tardía y titubeante.

Estas consideraciones no hacen sino aumentar la valía de esta obra escrita por Alberto Nava, catedrático de la UNAM y de la Universidad Anáhuac, que con base en un amplio arsenal de tesis jurisprudenciales, casos prácticos y opiniones doctrinales llega, entre otras tantas conclusiones, a la de que “la prueba electrónica es un gran desafío que debe tomarse en su justa medida, no desechándole por incomprensión, ni admitiéndola con total ingenuidad”.

Y como muestra un botón: piénsese en los problemas que habrá en la materia electoral cuando se introduzca el voto electrónico en nuestro país.

Imagen: digital forensics / k0a1a.net — CC BY-SA 2.0

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